La modificación a la Ley General para el Control del Tabaco también prohíbe la exhibición de cigarros en puntos de venta.
A partir de este domingo entró en vigor nueva ley en contra del tabaco, la cual prohíbe exhibición en tiendas y fumar en espacio públicos como escuelas, sedes de espectáculos, restaurantes, hoteles, estadios deportivos, plazas comerciales, playas y parques.
La Comisión Nacional contra la Adicciones (Conadic) detalló que las dos principales disposiciones son la prohibición total de toda forma de publicidad y promoción de productos de tabaco, incluida su exhibición en los puntos de venta, y la ampliación de la protección frente al humo y las emisiones de cualquier producto de tabaco y nicotina.
Sobre la comercialización, se establece que en los puntos de venta habrá impresa una lista textual y escrita con la descripción y los precios de los productos de tabaco de acuerdo con las características publicadas en el DOF.
También expone que en cuanto a la ampliación de espacios 100% libres de humo y emisiones, en los que queda prohibido consumir cualquier producto de tabaco o nicotina, se dispondrá de un manual de identidad gráfica con las nuevas señalizaciones, así como para las zonas exclusivamente para fumar, las cuales a partir de hoy deberán ubicarse solamente en espacios al aire libre.
La comisión indicó que está ley pone a México como uno de los países a la vanguardia en la protección de la salud de niños, niñas y adolescentes.
Se estima que en México -de 126 millones de habitantes- existen unos 15 millones de fumadores, de los cuales 5% (684,000) son adolescentes de 12 a 17 años, según datos del Instituto Nacional de Salud Pública.
Para finalizar, informaron que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) es la garante de vigilar la correcta implementación del reglamento, así como las eventuales sanciones por su incumplimiento. Para ello, pone al servicio
de la población el centro de atención en el número telefónico: 800 033 5050.
La lista resumida de los lugares es ésta:
- Centros de trabajo.
- Transporte público.
- Escuelas.
- Sedes donde se realizan espectáculos.
- Hoteles.
- Estadios.
- Plazas comerciales.
- Playas, parques o lugares donde se encuentren niñas, niños y adolescentes, así como en los que estén marcados con la leyenda “Espacio libre de humo”.
- Restaurantes no podrán ofrecer área para fumar.